Paquete sociedad costa rica IBC: Constitución de Sociedad offshore anónima en costa rica
Las sociedades offshore anónimas costarricenses son las utilizadas en la hora de establecer un negocio legal en Costa Rica para vender en el país (pagaría impuestos) o para vender fuera del país (no habría obligación de pagar impuestos, ya que no establecería ningún tipo de relación comercial con ninguna empresa del país). Las principales características de estas sociedades es la responsabilidad limitada de los accionistas y la capacidad de poder transferir las propiedades de las acciones. La Junta Directiva es el órgano de la sociedad y esta empresa la voluntad de los socios.
En la junta directiva constaría de las siguientes posiciones:
1. Presidente.
2. Secretario.
3. Tesorero.
4. Necesitaríamos un Fiscal, que sería un abogado debidamente incorporado en Costa Rica.
Esta 4 posiciones son el mínimo necesario para poder incorporar una sociedad anónima en Costa Rica, en el caso que sólo exista un beneficiario nuestra firma introducirá las restantes posiciones, para poder incorporar la sociedad al registro, siempre bajo la mínima información y secreto societario esta es una de las ventajas que tiene abrir una sociedad offshore en este enclave. Existe la posibilidad de designar vice presidentes, gerentes u otras posiciones, es necesario saber los poderes que tendrá cada figura en la sociedad y si estos poderes son conjuntos o separados por uno o varios miembros.
Constitución de sociedad offshore de responsabilidad limitada en costa rica
Las sociedades limitadas L.T.D.A, S.L o S.R.L fue creada como alternativa a la S.A. el funcionamiento es mucho más fácil y a que no requiere muchos actos formales este tipo de sociedades están indicadas para pequeña y mediana empresa. La principal ventaja de este tipo de sociedades es que la responsabilidad de los accionistas se limita a la cantidad de su contribución al capital social, el capital social se divide en acciones individuales que no se pueden vender al público a menos que primero sea ofrecida a los demás socios de la sociedad de responsabilidad limitada, no tiene número máximo de accionistas, puede ser controlada por uno o varios gerentes, los cuales podrían ser o no accionistas de la empresa.
Poderes en Costa Rica
En Costa Rica hay varios tipo de poderes:
1. Poderes Generalísimo: Permite a la persona comprar, vender, hipotecar de cualquier bien que posea la compañía, también autoriza a firmar cheques, facturas, contrato con proveedores. Estos poderes podrán ser limitados.
2. Poder General: Este poder esta únicamente concebido para utilizarlo en propósitos administrativos, tales como contratar personal para la sociedad, firmar facturas y en general con documentos que se relacione directamente con el ejercicio comercial de la compañía. Este tipo de poder no permite ningún tipo de disposición de bien de la compañía.
3. Poder Especial: El apoderado podrá ejecutar unos o mas actos, tanto de administración o disposición, este poder se caracteriza porque no tiene que ser registrado en la sección mercantil del Registro Público.
Documentación legal de las sociedades:
Las sociedades en Costa Rica consta de lo siguiente:
• Artículos de Incorporación.
• Certificado de Personería.
• Libros legales inscritos en registro público.
• Primeros asientos en libros legales.
• Certificado de acciones.
• Declaración jurada de no uso.
Licencias de Juego en Costa Rica
Las licencias de juego en Costa Rica no necesitan requisitos especiales, es decir una sociedad S.A o S.R.L puede realizar actividades de juego por internet y tendrá una licencia especial para desarrollar esta actividad por internet en cualquier país del mundo, el único requisito que tiene que tener las sociedades costaricenses es que en el objeto social sea anotada la actividad que realmente va a desarrollar para poder operar legalmeente en cualquier país del mundo. El costo de sociedades con licencias para juego en Costa Rica serán de 2.995 euros.
Requisitos
Pasaporte compulsado por notario.
DNI ó carnet de conducir compulsado por notario.
Dos Facturas: Luz, agua, seguro, recibos de banco, gas o teléfono. Con menos de tres meses.
Dos referencias bancarias.
Una referencia comercial de abogado, banquero, empresario.
• Pasaporte compulsado por notario.
• DNI ó carnet de conducir compulsado por notario.
• 2 Facturas que pueden ser de: Luz, agua, gas, teléfono o recibos de banco. Con menos de tres meses.
• 1 referencia bancaria.
• Una referencia comercial de abogado, asesor fiscal, contable, banquero o empresario.
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